Resumen sobre la Res 63/2020: instructivo que publicó la SSEE.
Solicita que aquellos operadores cuyas instalaciones cuentan con auditorías de seguridad vencidas o a vencer entre el 17 de marzo y el 31 de mayo, deberán presentar en la SSEE, antes del 25 de mayo de 2020, una Declaración Jurada firmada por el representante legal.
Es importante que la Declaración Jurada se presente a través de la Mesa de Entrada Virtual de la Secretaría de Energía, enviando la documentación, en formato PDF, en un único correo electrónico dirigido a todas las siguientes direcciones: goberti@energia.gob.ar ; ebarletta@energia.gob.ar ; msuave@energia.gob.ar ; res1102@energia.gob.ar .
La falta de presentación de la declaración jurada mencionada antes del 25 de mayo de 2020, implicará la eliminación de la instalación del registro correspondiente (Resolución SE N.º 1102/2004 y Resolución SE N.º 419/1998) y la inhabilitación para operar.
Alicia Moreau de Justo 846 3 piso -Oficina 1
Ciudad Autónoma de Buenos Aires CP C1107AAP
info@aoypf.org
Todos los derechos reservados AOYPF
Diseño y desarrollo con por Axyoma Global
Alicia Moreau de Justo 846 3 piso -Oficina 1
Ciudad Autónoma de Buenos Aires CP C1107AAP
info@aoypf.org
Todos los derechos reservados AOYPF
Diseño y desarrollo con por Axyoma Global