En este contexto, el Presidente de la Cámara de Estaciones de Servicio de Rosario, Daniel Giribone, informó a surtidores.com.ar, que enviaron notas a SADAIC y AADI-CAPIF, con la intención de dejar constancia de la no difusión de material musical y/o televisivo en las tiendas de conveniencia de las empresas asociadas.
El estacionero destacó que la buena predisposición de la Asociación Argentina de Intérpretes, junto a la Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas, quienes a través de su delegado regional, respondieron rápidamente a favor de la suspensión de los aportes mientras dure la cuarentena obligatoria.
Aclaró sin embargo que por el momento, no han recibido una contestación de la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música, pero recalcó que en los hechos, dicha institución no está pasando a cobrar la suma mensual que le corresponde a cada establecimiento.
Explicó también que “motivó dicha circunstancia el Decreto 297/20 y normas complementarias, que establecen la prohibición de abrir los minimercados con acceso de personas, por lo que se torna evidente que no se está configurando la obligación de cobro por los derechos de autor e intérprete en la reproducción de música, televisores, radios, ni cualquier otro medio de reproducción”.
Aseguró que junto con el acuerdo de no pago de los bonos mensuales, la CESGAR y AADICAPIF, cerraron un convenio para plantear una retribución mínima cuando se retome la actividad y la difusión del material musical o televisivo, que se irá incrementando conforme transcurran los meses y se vuelva a la normalidad.
Giribone afirmó además que este precedente puede ser tenido en cuenta por las demás cámaras y federaciones de combustibles, para aplicar las solicitudes en sus respectivos territorios y valoró la actitud de las sociedades de autores, de llegar a un acuerdo ante la falta de actividad económica.
Vale recordar que uno de los artículos más polémicos de la ley 11.723 de propiedad intelectual, obliga a los dueños de tiendas de conveniencia, dentro de un colectivo de negocios comerciales gastronómicos, a abonar una suma en concepto de derechos de autor a las entidades que agrupan a los artistas reconocidos por el Estado Nacional.
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