El Ministerio de Trabajo ratificó a través de una nota, que los empleadores podrán exigir el retorno a la presencialidad de los trabajadores que recibieron al menos la primera de la dosis de la vacuna contra el Covid-19, luego de que pasaran 14 días de la inoculación.
En el caso de las Estaciones de Servicio, desde las cámaras del sector ya están evaluando la convocatoria respectiva para los licenciados por causas de prevención, aunque desde el sindicato que lidera Carlos Acuña, alertan a estar atentos a interpretar acertadamente la Resolución Conjunta 4/2021, publicada en el Boletín Oficial.
“El Ministerio no derogó las normas vigentes para el período de la pandemia que fuera declarado en marzo del año pasado y que deben seguir aplicándose más allá de la edad de los trabajadores o si han sido o no vacunados”, explicó el apoderado legal de la entidad sindical, Enrique Rodríguez a surtidores.com.ar.
El ex ministro de Trabajo agregó que “solamente pueden ser convocados a retomar las tareas presenciales aquellos empleados que no tengan ningún tipo de enfermedad prevalente, por más que tengan más de 60 años”.
También detalló que se continúa aplicando el derecho del trabajador o trabajadora que tienen hijos menores a cargo y que no estén asistiendo a clases presenciales, para que permanezca en su casa, realizando tareas a distancia o sin asistir al establecimiento.
Recalcó el hipotético caso de que un empresario obligase a un trabajador a asistir de forma presencial sin haberse cerciorado médicamente, ni legalmente sobre el estado de salud de la persona y sucede un fallecimiento en horario laboral.
“Para evitar una situación de semejante gravedad, el estacionero debe primero cumplir con todas las condiciones que están en vigencia dentro de las excepciones que abarca el marco de emergencia sanitaria, porque de lo contrario, puede caer en un verdadero problema judicial que hasta podría costarle su propio negocio”, especificó Rodríguez.
El especialista aconsejó finalmente a los trabajadores de Estaciones de Servicio, que si consideran que por su propia situación de salud o coyuntura familiar, como de otros detalles relacionados con el aislamiento preventivo, no están en condiciones de cumplir con la presencialidad, se comuniquen con el SOESGyPE o con su médico de familia.
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