La Federación de Entidades de Combustibles acordó con el sindicato la suspensión de personal con goce de sueldo

El empleado recibirá el total de su salario neto, bajo el concepto no remuneratorio y el empleador desgrava esos pagos respecto de cargas sociales.

Luego de las negociaciones en la cartera laboral entre el gremio que conduce Carlos Acuña junto a las instituciones empresarias que dirigen Juan Carlos Basílico y Julio César Alonso, se arribó a un pacto que contiene a las pymes del sector ante la pandemia.

Es decir que como surge de los términos del acuerdo, en el contexto de la crisis sanitaria y consecuentes medidas de confinamiento social que provocó una considerable disminución de la actividad de las Estaciones de Servicio, los trabajadores podrán ser beneficiados con la totalidad del salario bruto, en caso de ser suspendidos en sus funciones.

Los actores del entendimiento, se basaron en que pese a que estas empresas no están alcanzadas por el DNU 297/20 que dispuso el aislamiento social preventivo obligatorio, ni suspendido su giro, como ocurriera con otras actividades productivas, inevitablemente el rubro estacionero viene padeciendo importantes pérdidas de ventas y consecuente perjuicio económico.

“Las partes signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo 488/07 acuerdan la aplicación de la norma del art. 223 bis LCT para el personal que por motivos de pérdida de actividad comercial derivada de la actual emergencia sanitaria deba ser suspendido”, expresa el documento.

Pero por este artículo, el empleado se asegura la percepción del total del importe equivalente a su salario neto bajo el concepto no remuneratorio mientras dure su suspensión y paralelamente a ello, el empleador desgrava esos pagos respecto de cargas sociales.

Pero además de lo expuesto, según lo explicado a surtidores.com.ar por el asesor letrado de FEC, Fabián Tobalo, “el estacionero podrá acceder a la asistencia de emergencia al trabajo y producción (ATP) a cuenta de dicha compensación no remunerativa”, lo cual resulta un doble auxilio.

El abogado comentó que esta medida se implementó tras la transitoria prohibición que rige para las suspensiones y despidos previstos en el régimen laboral para supuestos de disminución de actividad por fuerza mayor.

“El presente acuerdo regirá para los pagos de los sueldos de octubre, noviembre y diciembre de este año, a la vez que los firmantes se comprometen durante diciembre próximo a realizar reuniones periódicas de monitoreo de la situación sanitaria, socio económica y el estado del sector del expendio minorista de combustibles, con el objeto de revisar o modificar lo acordado, en función del contexto imperante”, explicita la resolución ministerial.

Fuente: https://surtidores.com.ar/la-federacion-de-entidades-de-combustibles-acordo-con-el-sindicato-la-suspension-de-personal-con-goce-de-sueldo/

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