Controladores Fiscales: plazos de recambio

La AFIP estableció a través de la RG 3561-13 el plazo para cambiar los controladores de "vieja tecnología" en función de la cantidad de equipos que las empresas poseen.

La AFIP estableció a través de la RG 3561-13 el plazo para cambiar los controladores de «vieja tecnología» en función de la cantidad de equipos que las empresas poseen.

Cantidad de Impresoras/Controladores:
Mayor o igual a once (11): 1/04/2021 al 31/05/2021
Mayor o igual dos (2) menor o igual a diez (10): 1/06/2021 al 31/07/2021
Igual a uno (1): 1/08/2021 al 30/09/2021

Respecto a continuar con el uso de los controladores de “vieja tecnología” pasado el plazo, la norma siempre se refiere al plazo máximo para el para el cambio por lo que entendemos que el reemplazo debería ser total.

Respecto a las comanderas de factura electrónica, por el momento no está permitido ya que en el ANEXO de la RG 4290 de AFIP expresamente excluye el mecanismo para Estaciones de Servicio las que solo pueden facturar por CONTROLADORES FISCALES

Para su información, pueden descargar la RG 3561-13: https://www.aoypf.org/wp-content/uploads/2021/03/RG-3561-13.pdf

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