La Resolución 938/2020 del Ministerio de Trabajo estableció la creación de una nueva versión del Programa de Recuperación Productiva que reemplaza al de Asistencia al Trabajo y Producción (ATP).
El denominado “REPRO II”, consiste en un beneficio mensual de $9000 por cada relación laboral activa, que la ANSES abonará directamente a los trabajadores en su CBU, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los empleadores adheridos al Programa, por un plazo de 2 meses.
El mecanismo está orientado a asistir a empresas que si bien no se encuentran incluidas en la nómina de sectores críticos del programa ATP – las Estaciones de Servicio entre ellas -, sufrieron una variación interanual negativa en su última facturación.
La medida sin embargo, tuvo escasa adhesión en el sector expendedor. En primer lugar, porque los aumentos de los precios de los combustibles de los últimos meses, provocaron la suba de los montos facturados pese a la disminución de las ventas.
Otra de las razones es la cantidad de documentación a presentar. Entre la información solicitada se destaca el balance del Ejercicio 2019, certificado por el Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas e indicadores económicos, patrimoniales y financieros de la empresa firmada por un profesional.
También desalienta que el beneficio no sea acordado sin limitaciones. Es que para recibirlo, hay una serie de criterios de preselección y selección mediante la evaluación de un conjunto de indicadores económicos y laborales, calculados para los últimos tres meses desde la fecha de inscripción y para los mismos meses del año anterior, entre los que se encuentran la variación porcentual de la facturación y del IVA compras, el endeudamiento en 2020 y la liquidez corriente, entre otros.
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