Estará justificada la ausencia laboral cuando el trabajador tenga que aplicarse la vacuna contra el Covid-19, «sin que ello produzca la pérdida o disminución de sueldos, salarios o premios por este concepto», según definió el Gobierno a través de la Resolución 92/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
El primer artículo de la resolución establece que «será justificada la inasistencia del trabajador o trabajadora durante la jornada laboral que coincida con el día de aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19, sin que ello produzca la pérdida o disminución de sueldos, salarios o premios por este concepto».
La norma aclara que bastará con presentar «la constancia de la aplicación» para acreditar las razones de la ausencia, siempre que se cuente con la «previa autorización del empleador«.
La decisión lleva la firma del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.
La partida de 904.000 vacunas Sinopharm producidas en China que llegó el jueves por la noche al país en un vuelo de Aerolíneas Argentinas comenzará a ser distribuida este viernes en todo el país, mientras que el domingo arribarán 96.000 más para completar el millón acordado.
Según anunció esta semana la ministra de Salud, Carla Vizzotti, durante la reunión del Consejo Federal de Salud (COFESA), con estas dosis se dará comienzo a la campaña de vacunación para el personal docente, dividido en cinco grupos prioritarios.
Esta decisión se adoptó luego de que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) recomendara el uso de esta vacuna , fabricada en China, hasta los 60 años.
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